Frontera
Las empleadas de hogar regularizadas alcanzan las 1.315 actualmente en Ceuta
Desde Delegación se trata de impulsar nuevas regularizaciones y desde noviembre se han tramitado sólo 25

Las especiales restricciones que se está llevando a cabo e la frontera, auspiciadas por la Delegación del Gobierno, se ha complicado al extremo el tránsito del personal marroquí que, fraudulentamente, realizaba funciones laborales irregulares-ilegales en Ceuta. Se han complicado, pero no se han acabado.
De las supuestas más de 3.000 empleadas de hogar que acceden a Ceuta, sólo 1.315 disponen de la tarjeta de trabajadora transfronteriza, cuya masiva regularización se inició -como aquí se ha publicado- en tiempos de Francisco Antonio González Pérez cuando en mayo de 2012 logró singularizar para la ciudad la situación y facilitar económicamente (95 euros) el pago de la Seguridad Social para estas trabajadoras, ajustando normativamente las circunstancias especiales de Ceuta. Fue entonces cuando el grueso de las regularizaciones se llevaron a cabo (en sólo seis meses mayo-diciembre 2012) se produjeron 700 tramitaciones y finalmente contratos para este tipo especial de trabajadoras.
Ahora, dos meses después de iniciarse las especiales restricciones fronterizas tendentes a atenuar el efecto de las avalanchas por Tarajal, sólo 25 personas dedicadas al trabajo en el hogar, han iniciado procesos de regularización (11 en noviembre y 15 en diciembre).
Es ahora cuando Delegación anuncia un proceso de información al empleador ceutí y trata de que se fomenten las regularizaciones. Por ello, ha emitido una nota (que reproducimos) en la que hacer ver cuál es el procedimiento a seguir:
El inicio del procedimiento de solicitud autorización inicial de empleados/as del hogar transfronterizos/as requiere la petición de una cita previa para informar a los interesados de la documentación y requisitos necesarios para la presentación de la solicitud. Con el objetivo de agilizar las citas previas se informa a los interesados que la documentación que deberán presentar para tramitar dicho permiso es la siguiente:
1. Presentación efectuada por un solo empleador.
a. Solicitud Modelo EX - 12, ORIGINAL Y FOTOCOPIA.
http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/index.html
b. Certificado que el Servicio Público de Empleo emite sobre la gestión de la oferta de empleo. En el caso de que la certificación sea en sentido positivo, el empleador deberá
manifestar las circunstancias que no permiten la contratación en el mercado nacional de empleo.
c. DNI del empleador, o consentimiento para acceder a datos de identidad (marcar casilla en modelo solicitud).
d. Original y copia del Contrato de trabajo indefinido del servicio de hogar familiar (mínimo 20 horas semanales, conforme al SMI incluyendo prorrateo de pagas extras), firmado por empleador y trabajador (deberá aportar original y copia). La copia se adjuntará al expediente y el original será devuelto con un sello de haber sido presentado ante la Oficina de Extranjería. https://www.sepe.es/contratos/
e. Copia de la última declaración del IRPF, o Autorización para acceder a datos fiscales
(marcar casilla en modelo solicitud).
Nota.- En los casos de unidades familiares que incluyan dos o más miembros, los medios económicos a acreditar resultarán de la suma de aquéllos con los que cuente cada una de las personas que integren la unidad familiar. En este caso deberán realizar declaración de los miembros que integran la unidad familiar, el consentimiento para acceder a datos de identidad (DNI y empadronamiento) y acceder a los datos fiscales de cada uno de los miembros de la unidad familiar.
Documentación a aportar por el trabajador/a:
a. 1 Fotografía reciente, fondo blanco, tamaño 25 x 32 mm.
b. Original y fotocopia completa del pasaporte de la página 1 a la 40, con vigencia no inferior a 4 meses.
c. Certificado médico, en impreso oficial del Colegio de Médicos, que acredite “no padecer enfermedades que puedan tener repercusiones de salud pública graves según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”.
d. Certificado de antecedentes penales (original apostillado, copia sellada por traductor oficial y traducción).
e. Certificado de residencia en zona limítrofe de Marruecos con España, emitido por la Dirección General de la Seguridad Nacional (Comisaría de Policía) (original apostillado, copia sellada por traductor oficial y traducción).
Se generará una Tasa por un importe de 199,82€
Examinado el expediente se emitirá una resolución de concesión para cada una de las solicitudes, en el que se hará constar que la contratación se ha realizado a tiempo parcial y por las horas por las que se ha realizado la contratación, restringida a la ocupación de empleada de hogar, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Esta resolución, junto con el contrato sellado en el momento de la solicitud, deberá ser presentada ante la Tesorería de la Seguridad Social para proceder al alta de la trabajadora en dicho organismo. La Tesorería no admitirá altas en los que no se aporten ambos documentos. La eficacia de la concesión estará condicionada al alta y, en su caso, afiliación en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la notificación de la concesión, y que deberá ser acreditada ante la Oficina de Extranjeros que tramitó la autorización, de no cumplirse este trámite, la autorización será archivada sin más trámite. Una vez cumplida esta condición, en el plazo de 30 días, la trabajadora deberá personarse en estas Oficinas para la confección de la tarjeta.
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