Sanidad / Coronavirus
Indignación en la Seguridad Privada, complementaria de la Pública, olvidada ante el Covid por el Gobierno
En Ceuta sólo un 10% ha accedido a la vacunación por prestar servicios en instalaciones dependientes del Ingesa

La Ley de Seguridad Privada (5/2015, de 4 de abril), en su Capítulo I, señala en el 'Objeto' lo siguiente: "...en beneficio de la seguridad pública, establece el marco para la más eficiente coordinación de los servicios de seguridad privada con los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de los que son complementarios".
Este hecho es el exponente más claro por los que los sindicatos representativos en España de la Seguridad Privada, han llamado la atención y criticado "el abandono" al que los profesionales del sector se han visto sometido por parte del Gobierno de la Nación, y su Ministerio de Sanidad, al no incluirlos en su Plan Estratégico de Vacunaciòn frente al Covid19. Los profesionales de la Seguridad Privada se encuentran desplegados en instalaciones públicas y privadas, así como en las protección de las críticas, estratégicas y sensibles, pero a nadie le ha parecido importarle la labor esencial del sector.
El caso de Ceuta
Sólo los profesionales que prestan servicio en las instalaciones del Ingesa (unos 50) han obtenido algún compuesto de las vacunas que se ofrecen frente al Covid. Es decir, aproximadamente, una décima parte de los profesionales que en la ciudad autónoma se encuentran activos en algún tipo de servicio de salvaguarda de instalaciones, ya sean públicas o priivadas, siendo como son y tal y como les señala la Ley que ordena al sector, personal complementario de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Hasta la fecha, en ninguna de las reuniones interterritoriales de Sanidad, se ha planteado la estrategia de actuar con la vacuna a este sector de la Seguridad, lo que causa verdadera indignación entre sus profesionales, que ya han reflejado los representantes sindicales a nivel nacional con las quejas al Gobierno de la Nación a través de escritos a la ministra de Sanidad.
La seguridad privada tiene como fines (para las autoridades políticas, que penosamente desconocen la legalidad):
- Satisfacer las necesidades legítimas de seguridad o de información de los usuarios de seguridad privada, velando por la indemnidad o privacidad de las personas o bienes cuya seguridad o investigación se le encomiende frente a posibles vulneraciones de derechos, amenazas deliberadas y riesgos accidentales o derivados de la naturaleza.
- Contribuir a garantizar la seguridad pública, a prevenir infracciones y a aportar información a los procedimientos relacionados con sus actuaciones e investigaciones.
- Complementar el monopolio de la seguridad que corresponde al Estado, integrando funcionalmente sus medios y capacidades como un recurso externo de la seguridad pública.
Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.190