La Unión Europea ha detectado deficiencias "graves" en el control de las fronteras exteriores en España y acaba de enviar a Madrid una lista con 66 recomendaciones concretas para subsanarlas.
El Gobierno de Pedro Sánchez dispone ahora de un plazo de tres meses para remitir a Bruselas un "plan de acción" con el objetivo de corregir todos los problemas identificados.
Las deficiencias fueron descubiertas durante la evaluación que ha hecho la Comisión Europea de la aplicación por parte de España de las normas del espacio Schengen en materia de gestión de las fronteras exteriores. Este tipo de exámenes se realizan cada cinco años en todos los países de la UE.
El texto que se remite al Gobierno español no deja lugar a dudas. Las fronteras de Ceuta y Melilla son lo que todos conocen, un problema. La UE se pregunta y recomienda la urgente aplicación del acervo Shengen en el control de paso de frontera. Y debe sellarse los pasaportes de entrada y salida. Debe mejorarse la comunicación entre policias y guardias civiles, incluso entre Aduanas.
"Habida cuenta de la importancia que reviste el cumplimiento del acervo de Schengen, debe darse prioridad a la implementación urgente de las recomendaciones relativas a las deficiencias de tectadas en los dos pasos fronterizos terrestres visitados, El Tarajal I (Ceuta) y Beni - Enzar (Melilla), que se consideran graves teniendo en cuenta la situación geográfica de los pasos fronterizos (limítrofes con Marruecos) y la presión migratoria en esta
frontera terrestre exterior".
Esta concreta recomendación que ahora pone sobre la mesa la UE a España y que desde Ceuta se exigió constantemente al anterior Secretario de Estado de Seguridad, encontraba siempre la misma respuesta: "Eso no puede hacerse", en referencia al sello de entrada y salida a los marroquíes en el paso de Tarajal. Algo que, precisamente, queda meridianamente claro en el acervo Schengen sobre paso de fronteras exteriores.
Documento de la Unión Europea enviado a España
Recomendaciones para El Tarajal (Ceuta)
59. realizar regularmente sesiones informativas por turno de trabajo a fin de informar a todo el mundo de los riesgos y amenazas, incluidas las cuestiones relacionadas con la migración, las redes delictivas, el terrorismo, etc.
60. asegurar la plena conformidad de la expedición de visados con las disposiciones del Código de visados instalando el equipo necesario para la expedición de visados en la frontera de El Tarajal;
61. realizar inspecciones fronterizas de conformidad con el artículo 8 del Código de fronteras Schengen y asegurarse de que todos los nacionales de la UE y de terceros países son inspeccionados sistemáticamente en las bases de datos de la UE, internacionales y nacionales pertinentes y que las impresiones dactilares de los nacionales de terceros países titulares de un visado de corta duración se comprueban sistemáticamente; introducir una inspección sistemática de los peatones y las personas en vehículos a la salida; velar por que los documentos de viaje de los nacionales de terceros países se sellen de conformidad con el artículo 11 del Código de fronteras Schengen;
62. introducir un sistema permanente de formación de actualización para garantizar un nivel de conocimientos estándar sobre el acervo de Schengen y actualizaciones relacionadas con el Código de fronteras Schengen y las demás disposiciones principales, incluidos los conocimientos sobre cómo acceder a las bases de datos nacionales o internacionales de documentos de viaje, por ejemplo IFADO/PRADO, y cómo utilizarlas;
63. mejorar la comunicación entre la Policía Nacional y la Guardia Civil en la primera línea a fin de garantizar un mayor nivel de seguridad en la zona del paso fronterizo;
64. asegurar la conformidad del procedimiento de denegación de entrada con el artículo 14, apartado 2, del Código de fronteras Schengen, garantizando que la resolución de denegación de entrada se motive utilizando el formulario indicado en el anexo V de dicho Código e indicando el motivo exacto de la denegación;
65. dotar a los guardias de fronteras en la primera y en la segunda líneas con equipos de control de documentos suficientes para poder realizar inspecciones documentales de conformidad con los requisitos de Schengen; mejorar la infraestructura de comunicación que utilizan los agentes de primera línea para consultar las bases de datos nacionales, el SIS II y el VIS; garantizar una infraestructura adecuada para impedir la observación no autorizada de las pantallas de ordenador, en particular mediante la instalación de un cable más largo conectado
a los lectores de impresiones dactilares;
66. corregir los fallos del sistema informático relacionados con el cotejo con las bases de datos y prever una actualización técnica del proceso manual de control de las etiquetas de visado y las impresiones dactilares.
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