Empleo
CSIF exige la paralización de la contratación del Patronato de Música
El sindicato asegura que la contratación "obvia la normativa vigente y se salta la negociación colectiva"

En la pasada reunión de Mesa General de Negociación en fecha 20 de junio de 2020, la administración expuso, entre otras cuestiones, la necesidad de contratar a personal profesor de música para el próximo periodo lectivo en varias especialidades. Ante este anuncio, desde CSIF entienden que es "imprescindible cumplir con el requisito establecido en el RD 303/2010, de 15 de marzo". Este artículo establece los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que recoge en sus artículos 15 y 16 que 'Para impartir la docencia de las enseñanzas elementales profesionales de música y danza será necesario estar en posesión del título de graduado, licenciado, ingeniero o arquitecto, o titulación equivalente a efectos de docencia'.
Asimismo, se requiere "para ejercer la docencia de enseñanzas artísticas profesionales" que se requiera "la formación pedagógica y didáctica", así como "estar en posesión de un título oficial de postgrado que acredite la formación pedagógica y didáctica de acuerdo con lo exigido en el artículo 96 y en la disposición transitoria octava de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de educación".
"En base a ello exigimos que se cumpliera con dicha obligación -explica el sindicato-; sin embargo, cuál es nuestra sorpresa al descubrir que el pasado 10 de agosto de 2020, sin mediar nuevos procesos de negociación, ni comunicación de ningún tipo con los agentes sociales, se lanzaron varias ofertas de trabajo para puestos de profesor de música en el Patronato de Música sin que se cumplieran los requisitos establecidos por la ley, sin exigir la titulación y cualificación profesional para impartir clases".
Por todo ello desde CSIF han exigido al presidente del Patronato de Música "la paralización de todo el proceso, además de advertir que de nos ser así emprenderemos cuantas acciones legales se encuentren a nuestro alcance para dirimir las responsabilidades, administrativas y/o penales que pudieran derivarse de la continuación con estos procesos que carecen de soporte legal".







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