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Redacción
Miércoles, 20 de Mayo de 2020
Coronavirus

El BOE publica hoy las condiciones para el uso obligatorio de mascarillas

También se han publicado hoy las medidas relativas a la prórroga de las autorizaciones de estancia, residencia y trabajo de los extranjeros en España

El Boletín Oficial del Estado publica hoy la Orden que regula el uso obligatorio de mascarilla cuando no sea posible mantener la distancia interpersonal de dos metros. Así, se establece que las personas de seis años en adelante deberán llevarla cuando se de esa circunstancia en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.

 

La Orden señala que es también recomendable para los niños de entre 3 y 5 años y que preferentemente deberán usarse las mascarillas higiénicas y quirúrgicas, que cubran nariz y boca. No será exigible su uso en las personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por su uso, las que tengan motivos de salud debidamente justificados o aquellas que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que lo hagan inviable. (Documento descargable al final de la noticia)

 

Además, el texto indica que no será exigible tampoco en el desarrollo de actividades que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible su uso o si existe una causa de fuerza mayor o situación de necesidad. Tampoco será obligatorio en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas.

 

Por otro lado, el BOE también ha publicado hoy las medidas relativas a la prórroga de las autorizaciones de estancia, residencia y trabajo de los extranjeros en España. “La imposibilidad de presentar las solicitudes de renovación de las autorizaciones de residencia y/o trabajo está generando gran inseguridad jurídica tanto para los extranjeros que se hallan en España, como para los empleadores y resto de operadores sociales y económicos. Este hecho, ha sido puesto de manifiesto, además, por la sociedad civil y agentes sociales”, ha explicado la Delegación en una nota de prensa. (Documento descargable al final de la noticia)

 

El objetivo es "aportar la debida seguridad jurídica exigida ante esta extraordinaria situación y evitar que, una vez se levante el estado de alarma, los extranjeros puedan encontrarse en una situación de irregularidad sobrevenida, es necesario proceder a prorrogar de forma automática todas aquellas autorizaciones que venzan durante la vigencia del estado de alarma, así como de aquellas que vencieron en los tres meses previos a su declaración. Dicha prórroga automática surtirá efectos a partir del día siguiente al de la caducidad de la autorización y se extenderá durante los seis meses siguientes a la finalización del estado de alarma". De igual forma, es necesario prorrogar, por idéntico período, la validez de las tarjetas de familiar de ciudadano de la Unión y las tarjetas de identidad de extranjero concedidas en base a una residencia de larga duración.

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