Economía
Ampliación de seis meses para las deudas tributarias, y de tres para el IPSI
Autónomos y empresas puedan solicitar el aplazamiento de las cuotas que deben abonarse en el mes de abril con un interés reducido que será del 0,5

La Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública ha informado que en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOCCE) de este pasado martes, día 31, se recoge el decreto de ampliación del plazo para la presentación de autoliquidaciones en el ámbito del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (Operaciones Interiores), correspondiente al primer periodo liquidatorio. Dicha resolución amplía, por tanto, el plazo de la presentación hasta el 20 de julio de 2020.
Este decreto no es excluyente de las medidas extraordinarias de ámbito tributario aprobadas por la Consejeria ante el Estado de Alarma decretado por el Gobierno de la Nación y publicadas en el BOCCE del día 20 de marzo. Las referidas medidas permiten el aplazamiento de deudas tributarias hasta un plazo máximo de seis meses. De igual modo se fijan otras condiciones como que no se devengarán intereses de demora y la dispensación de la obligación de constitución de garantía cuando las deudas tributarias sean de cuantía inferior a 3.000 euros.
Dicha Consejería recuerda también que el Organismo Autónomo de Servicios Tributarios mantiene la atención telefónica a ciudadanos y empresas que deseen solicitar información sobre diversos trámites a través de los siguientes teléfonos de interés en horario de 9.00 a 14.00 horas de lunes a viernes. El personal de OASTCE está recepcionando todas las peticiones, que se han incrementado a consecuencia de la actual situación derivada del COVID-19. Asimismo es posible formular consultas, y se recomienda como la vía más ágil para ello, a través del correo electrónico stc@tributosceuta.org
Por su parte desde la Delegación del Gobierno han matizado que se reconoce la posibilidad de que autónomos y empresas puedan solicitar el aplazamiento de las cuotas que deben abonarse en el mes de abril con un interés reducido que será del 0,5, interés de demora siete veces inferior al que normalmente se establece. Para acceder a estos aplazamientos, debe tratarse de empresas o autónomos, afectados desde y por la situación provocada por el covid 19.
Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.190