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Ricardo Espíritu
Lunes, 18 de Noviembre de 2019

Libertad de elección de centros. Primer aviso

Me niego a creer que una Sra. Ministra de educación por muy en funciones que esté, se acerque a un congreso católico y cometa la torpeza de negar la libertad de elección de centro educativo.

 

Vamos a ver. Que es verdad que la Constitución en ningún punto dice que se reconozca el derecho de los padres a elegir el Centro donde educar a sus hijos. He vuelto a repasarla, y efectivamente es así. No hay una cita expresa a ese derecho. Sí que se reconoce el derecho a fundar centros educativos, o el derecho a la libertad religiosa y de culto. Se incluye una referencia su práctica colectiva.

 

Que bien leída la constitución tampoco reconoce el derecho de erigir Iglesias en las ciudades, ni capillas en los colegios. NI sinagogas, ni mezquitas. De hecho, estas tres palabras no aparecen en la Constitución de ninguna manera, así que, siguiendo la lógica de la ministra de educación, el derecho a erigir lugares de culto no emana de la Constitución del 78.

 

El argumento es incontestable. No se cita, luego no es un derecho constitucional. Ni siquiera emana de la Constitución. Porque el derecho de los padres a educar a sus hijos en sus convicciones religiosas y morales, que sí que está recogido en el Artº 27.3, no tiene que ser precisamente en un Centro educativo. ¿Por qué no podría ser en el propio domicilio?

 

Tampoco es la primera vez que determinadas personas bolivarianas y bolivarianos, neocomunistas o veteroliberticidas se refieren a que la Educación no debe ser dejada en manos de los padres, si no que es el Estado quién debe asumir totalmente la educación de los hijos. Como en la Camboya de los Jemeres Rojos, donde se alentaba a los hijos a denunciar a los padres y se masacró entre un 25 y un 30% de la población, por razones estrictamente democráticas, no se vaya vd. a creer.

 

Tampoco en la Constitución está citado el derecho del ciudadano a elegir el tren de cercanías que le lleve a su trabajo a la hora que le de la gana; y así nadie puede reclamar que los CDR cierren una estación de ferrocarriles en pleno uso del derecho de manifestación que sí cita expresamente la Constitución. Ni tampoco existe ningún derecho a coger un avión que te lleve a ver a tus familiares. Porque la palabra familiares  no viene recogida en la Constitución. Por eso los CDR pueden cerrar el Aeropuerto de El Prat cuando les venga en gana, porque tampoco está citado el Aeropuerto de El Prat expresamente en la Constitución.

 

La Sra. Ministra Celaá ha hablado con convicción. Con la convicción que le dan sus principios de progresista vestida de Dior y estudiada en el Sagrado Corazón de Bilbao. No, los padres no tenemos derecho a elegir el Centro donde queremos que estudien nuestros hijos.

 

No. No creo que asistir a un congreso católico y soltar una perla como ésta haya sido un lapsus o un desliz. La Sra. Ministra sólo ha dado el primer aviso del recorte de libertades que nos viene.

 

Y el Levante francés premiará sus desvelos.

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