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Crisi en Ceuta

CSIF lleva al Supremo el campamento junto a Fuerte Mendizábal y pide paralizar de inmediato las obras

El sindicato solicita medidas cautelarísimas contra la instalación en la parcela anexa a la prisión y denuncia la ausencia de evaluaciones de riesgos y de participación de los representantes de los trabajadores

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha acudido al Tribunal Supremo para reclamar la paralización inmediata de las obras y de cualquier actuación destinada a levantar un campamento en la parcela situada junto al Centro Penitenciario de Ceuta, en Fuerte Mendizábal.

 

El sindicato ha presentado ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal un recurso contra el Real Decreto 761/2026, de 29 de septiembre, publicado en el BOE el 30 de septiembre, que modifica el Real Decreto 681/2026, por el que se declaró la situación de interés para la seguridad nacional en Ceuta e incluyó en su anexo la cesión de suelo penitenciario para las actuaciones previstas.

 

CSIF reclama además la adopción de medidas cautelarísimas inaudita parte, con el objetivo de que los trabajos puedan ser suspendidos de forma inmediata mientras se analiza judicialmente la legalidad de la actuación.

 

 

Denuncia la ausencia de una evaluación específica de riesgos

El sindicato sostiene que la Administración está ejecutando las actuaciones sin haber realizado previamente una evaluación específica de los riesgos laborales que, a su juicio, genera la instalación del campamento sobre los trabajadores penitenciarios y sobre las condiciones de seguridad de la prisión.

 

CSIF afirma asimismo que la representación legal de los empleados públicos habría quedado excluida del proceso y considera que esta circunstancia vulnera las obligaciones establecidas en la normativa de prevención de riesgos laborales.

 

La iniciativa judicial se suma a la denuncia presentada anteriormente ante la Inspección de Trabajo, en la que la organización sindical ya había puesto el foco en la ausencia de los informes técnicos y preventivos que considera necesarios antes de modificar las condiciones del entorno de la prisión.

 

El sindicato invoca, entre otras normas, distintos preceptos de la Directiva Marco Europea 89/391/CEE y de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

 

 

CSIF: la Seguridad Nacional no permite suspender derechos

Uno de los argumentos centrales del recurso es que la declaración de la situación de interés para la seguridad nacional no puede utilizarse, según CSIF, para dejar sin efecto las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.

 

La organización sostiene que la adopción de medidas extraordinarias para afrontar la situación de Ceuta no implica la suspensión de derechos fundamentales ni permite prescindir de las garantías establecidas para proteger la integridad física de los trabajadores.

 

En este sentido, CSIF invoca el artículo 15 de la Constitución, relativo al derecho a la vida y a la integridad física, y defiende que la protección del personal penitenciario debe constituir una condición previa a cualquier actuación que pueda alterar sustancialmente el entorno de Fuerte Mendizábal.

 

El sindicato sostiene además que existen localizaciones alternativas para instalar las infraestructuras temporales y considera que no debería elegirse una ubicación que, a su juicio, compromete la seguridad de una infraestructura penitenciariia.

 

 

Riesgos para la seguridad perimetral de la prisión

CSIF considera especialmente preocupante la proximidad del futuro campamento al recinto penitenciario y advierte de sus posibles consecuencias sobre los sistemas de seguridad de Fuerte Mendizábal.

 

Entre los riesgos que recoge en su recurso figura la reducción de la zona de seguridad y de la visibilidad exterior de la prisión. El sindicato sostiene que la presencia permanente de un elevado número de personas en las inmediaciones podría dificultar el funcionamiento de determinados sistemas de vigilancia y generar falsas alarmas en dispositivos como sensores, cámaras y barreras de detección.

 

Otro de los aspectos señalados es el riesgo de introducción de objetos prohibidos en el recinto penitenciario. Según CSIF, la concentración de personas junto al perímetro podría facilitar el lanzamiento o ocultación de objetos hacia el interior de la prisión y dificultar la detección de drones no autorizados.

 

 

Preocupación por emergencias y posibles alteraciones

El recurso también alerta sobre las consecuencias que las aglomeraciones podrían tener en los accesos a la prisión.

 

CSIF advierte de que la concentración de personas en las inmediaciones podría dificultar los traslados judiciales de internos y retrasar la intervención de los servicios de emergencia en caso de producirse un incidente en el centro.

 

El sindicato incluye entre sus preocupaciones la eventual necesidad de intervención de bomberos, ambulancias o unidades policiales especializadas, como la UIP o el GRS, en un escenario en el que los accesos pudieran encontrarse condicionados por la presencia del campamento.

 

Asimismo, considera que una eventual alteración del orden en el exterior podría tener repercusiones sobre la convivencia dentro de la prisión y plantea incluso riesgos adicionales ante un hipotético intento de fuga.

 

 

“Evaluación técnica previa” antes de modificar el entorno penitenciario

CSIF defiende que cualquier modificación sustancial del entorno inmediato de Fuerte Mendizábal debe estar precedida por informes técnicos y una evaluación específica de riesgos.

 

La organización considera que estos estudios deberían determinar previamente el impacto del campamento tanto sobre la seguridad del centro penitenciario como sobre la integridad de los funcionarios y trabajadores que desarrollan allí su actividad.

 

La ofensiva judicial emprendida ahora ante el Tribunal Supremo supone un nuevo paso en el conflicto abierto en torno a la ubicación del campamento y se suma a las actuaciones iniciadas por el sindicato ante la Inspección de Trabajo.

 

CSIF reclama al Alto Tribunal que adopte medidas cautelarísimas y detenga de inmediato las actuaciones materialesmientras se determina si la decisión administrativa de utilizar esta parcela puede ejecutarse con las garantías legales y preventivas exigibles.

 

El sindicato mantiene así su oposición a que la respuesta del Estado a la situación migratoria de Ceuta se desarrolle, según su posición, a costa de alterar las condiciones de seguridad de una infraestructura penitenciaria y de sus trabajadores.

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