elecciones
Abierto el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones generales del 29 de noviembre
Los electores podrán tramitar la solicitud hasta el 19 de noviembre, tanto por vía telemática como presencial
Ya está abierto el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones generales que se celebrarán el próximo domingo 29 de noviembre de 2026. Los electores que opten por esta modalidad podrán solicitar hasta el 19 de noviembre, incluido, el certificado de inscripción en el Censo Electoral, un documento imprescindible para poder ejercer el derecho al voto por correspondencia. La petición puede realizarse de forma telemática a través de la página web de Correos o presencialmente en cualquiera de sus oficinas de España.
La solicitud online permite completar el trámite sin necesidad de desplazarse y requiere acreditar la identidad mediante firma electrónica. Para ello, son válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico.
Quienes prefieran realizar la gestión presencialmente deberán acudir personalmente a una oficina de Correos y presentar el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales. Únicamente en los casos de enfermedad o discapacidad que impidan al elector realizar personalmente la solicitud, y siempre que esta circunstancia esté acreditada mediante certificación médica oficial, podrá efectuar el trámite otra persona autorizada mediante documento notarial o consular.
Correos trasladará las solicitudes recibidas a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, que comenzarán a enviar la documentación necesaria para ejercer el voto por correo a partir del 9 de noviembre. La documentación será remitida a la dirección que el elector haya indicado en su solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual. Para facilitar la gestión presencial y reducir los tiempos de espera, Correos también ofrece la posibilidad de solicitar cita previa a través de su aplicación, su página web o la Oficina Virtual, seleccionando la oficina, el día y la hora disponibles.
Una vez recibida la documentación electoral, los ciudadanos que hayan solicitado el voto por correo podrán depositar su sufragio hasta el 25 de noviembre de 2026, fecha en la que finalizará el plazo para entregar el voto. De esta forma, quienes no puedan o no quieran acudir presencialmente a su colegio electoral el 29 de noviembre disponen de varias semanas para completar el procedimiento, desde la solicitud del certificado de inscripción hasta el depósito de la documentación dentro de los plazos establecidos.

Ya está abierto el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones generales que se celebrarán el próximo domingo 29 de noviembre de 2026. Los electores que opten por esta modalidad podrán solicitar hasta el 19 de noviembre, incluido, el certificado de inscripción en el Censo Electoral, un documento imprescindible para poder ejercer el derecho al voto por correspondencia. La petición puede realizarse de forma telemática a través de la página web de Correos o presencialmente en cualquiera de sus oficinas de España.
La solicitud online permite completar el trámite sin necesidad de desplazarse y requiere acreditar la identidad mediante firma electrónica. Para ello, son válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico.
Quienes prefieran realizar la gestión presencialmente deberán acudir personalmente a una oficina de Correos y presentar el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales. Únicamente en los casos de enfermedad o discapacidad que impidan al elector realizar personalmente la solicitud, y siempre que esta circunstancia esté acreditada mediante certificación médica oficial, podrá efectuar el trámite otra persona autorizada mediante documento notarial o consular.
Correos trasladará las solicitudes recibidas a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, que comenzarán a enviar la documentación necesaria para ejercer el voto por correo a partir del 9 de noviembre. La documentación será remitida a la dirección que el elector haya indicado en su solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual. Para facilitar la gestión presencial y reducir los tiempos de espera, Correos también ofrece la posibilidad de solicitar cita previa a través de su aplicación, su página web o la Oficina Virtual, seleccionando la oficina, el día y la hora disponibles.
Una vez recibida la documentación electoral, los ciudadanos que hayan solicitado el voto por correo podrán depositar su sufragio hasta el 25 de noviembre de 2026, fecha en la que finalizará el plazo para entregar el voto. De esta forma, quienes no puedan o no quieran acudir presencialmente a su colegio electoral el 29 de noviembre disponen de varias semanas para completar el procedimiento, desde la solicitud del certificado de inscripción hasta el depósito de la documentación dentro de los plazos establecidos.






















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