Economía
La bonificación del 75% a la Seguridad Social se extenderá a los contratos anteriores a septiembre de 2023
La Cámara de Comercio destaca el cambio de criterio de la Administración, que permitirá aplicar la reducción a las cuotas devengadas desde septiembre de 2026 con independencia de la antigüedad del contrato
La bonificación del 75% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social se aplicará también a los contratos formalizados antes de septiembre de 2023, siempre que cumplan los requisitos establecidos legalmente.
Así lo recoge el nuevo Boletín de Noticias RED 12/2026, que incorpora el criterio emitido el pasado 18 de septiembre por la Dirección General de Trabajo. La medida será aplicable a las cuotas devengadas desde el 1 de septiembre de 2026, sin que la fecha de formalización del contrato constituya un impedimento para acceder a la bonificación.
La modificación pone fin a la incertidumbre generada por la interpretación inicial de la medida, que vinculaba con carácter general la mejora del porcentaje a los contratos celebrados a partir del 1 de septiembre de 2023. Con el nuevo criterio, también podrán beneficiarse los contratos indefinidos y de jubilación parcial anteriores a esa fecha, siempre que reúnan el resto de condiciones previstas en la normativa.
La Cámara de Comercio de Ceuta ha valorado favorablemente la rectificación y ha señalado que permitirá mantener el mismo nivel de apoyo a empresas con trabajadores de mayor antigüedad. La institución considera que esta aplicación evita que la fecha de contratación se convierta en un factor de diferenciación para acceder a la bonificación.
El cambio de criterio se produce después de las gestiones realizadas por la Cámara ante las administraciones competentes para trasladar las consecuencias que tendría la interpretación inicial y defender una aplicación de la medida sobre las cuotas generadas desde septiembre de 2026.
La institución cameral ha destacado asimismo la colaboración del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), tanto de su dirección general como de la Dirección Provincial de Ceuta, durante el proceso de análisis y resolución de la cuestión. También ha agradecido la actuación de la Dirección General de Trabajo y de la Tesorería General de la Seguridad Social por la incorporación del nuevo criterio a las instrucciones de aplicación.
La bonificación se aplicará de forma automática a los trabajadores que cumplan las condiciones establecidas, sin necesidad de realizar trámites adicionales en materia de afiliación. Como excepción, determinadas empresas incluidas en el CNAE 41, correspondiente a la construcción de edificios, deberán seguir el procedimiento específico establecido por la Tesorería.
La Cámara de Comercio ha señalado que continuará trasladando a las administraciones las necesidades del tejido empresarial ceutí y reclamando medidas destinadas a favorecer la actividad económica, el mantenimiento del empleo y la competitividad de las empresas de la ciudad.

La bonificación del 75% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social se aplicará también a los contratos formalizados antes de septiembre de 2023, siempre que cumplan los requisitos establecidos legalmente.
Así lo recoge el nuevo Boletín de Noticias RED 12/2026, que incorpora el criterio emitido el pasado 18 de septiembre por la Dirección General de Trabajo. La medida será aplicable a las cuotas devengadas desde el 1 de septiembre de 2026, sin que la fecha de formalización del contrato constituya un impedimento para acceder a la bonificación.
La modificación pone fin a la incertidumbre generada por la interpretación inicial de la medida, que vinculaba con carácter general la mejora del porcentaje a los contratos celebrados a partir del 1 de septiembre de 2023. Con el nuevo criterio, también podrán beneficiarse los contratos indefinidos y de jubilación parcial anteriores a esa fecha, siempre que reúnan el resto de condiciones previstas en la normativa.
La Cámara de Comercio de Ceuta ha valorado favorablemente la rectificación y ha señalado que permitirá mantener el mismo nivel de apoyo a empresas con trabajadores de mayor antigüedad. La institución considera que esta aplicación evita que la fecha de contratación se convierta en un factor de diferenciación para acceder a la bonificación.
El cambio de criterio se produce después de las gestiones realizadas por la Cámara ante las administraciones competentes para trasladar las consecuencias que tendría la interpretación inicial y defender una aplicación de la medida sobre las cuotas generadas desde septiembre de 2026.
La institución cameral ha destacado asimismo la colaboración del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), tanto de su dirección general como de la Dirección Provincial de Ceuta, durante el proceso de análisis y resolución de la cuestión. También ha agradecido la actuación de la Dirección General de Trabajo y de la Tesorería General de la Seguridad Social por la incorporación del nuevo criterio a las instrucciones de aplicación.
La bonificación se aplicará de forma automática a los trabajadores que cumplan las condiciones establecidas, sin necesidad de realizar trámites adicionales en materia de afiliación. Como excepción, determinadas empresas incluidas en el CNAE 41, correspondiente a la construcción de edificios, deberán seguir el procedimiento específico establecido por la Tesorería.
La Cámara de Comercio ha señalado que continuará trasladando a las administraciones las necesidades del tejido empresarial ceutí y reclamando medidas destinadas a favorecer la actividad económica, el mantenimiento del empleo y la competitividad de las empresas de la ciudad.























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