Política
La Delegación del Gobierno fija el horario del Plan de Empleo y recuerda los derechos por libertad religiosa
El horario general se establece de 8:00 a 15:00 y la Delegación subraya que cualquier interrupción por rezo o ajustes por Ramadán debe solicitarse y acordarse según la Ley 26/1992
La Delegación del Gobierno en Ceuta ha aclarado este miércoles, tras las declaraciones del Movimiento por la Dignidad y la Ciudadanía (MDyC), que la comunicación remitida al personal del Plan de Empleo establece una jornada general de servicio de 8:00 a 15:00 horas.
Según la Delegación, la instrucción horaria “no afecta al ejercicio de los derechos reconocidos por la ley en materia de libertad religiosa”. En este sentido, recuerda que aplica la Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España. La norma recoge que “los miembros de las Comunidades Islámicas [...] podrán solicitar la interrupción de su trabajo los viernes [...] desde las trece treinta hasta las dieciséis treinta horas, así como la conclusión de la jornada laboral una hora antes de la puesta del sol, durante el mes de ayuno (Ramadán)”.
La Delegación precisa que, en ambos supuestos, “será necesario el previo acuerdo entre las partes” y que “las horas dejadas de trabajar deberán ser recuperadas sin compensación alguna”. Quienes deseen acogerse a estas medidas pueden solicitarlo, y la Administración tramitará cada petición de forma individual conforme a lo previsto en la ley. A fecha de hoy, añade, no se ha registrado ninguna solicitud por parte de personal adscrito al Plan de Emple

La Delegación del Gobierno en Ceuta ha aclarado este miércoles, tras las declaraciones del Movimiento por la Dignidad y la Ciudadanía (MDyC), que la comunicación remitida al personal del Plan de Empleo establece una jornada general de servicio de 8:00 a 15:00 horas.
Según la Delegación, la instrucción horaria “no afecta al ejercicio de los derechos reconocidos por la ley en materia de libertad religiosa”. En este sentido, recuerda que aplica la Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España. La norma recoge que “los miembros de las Comunidades Islámicas [...] podrán solicitar la interrupción de su trabajo los viernes [...] desde las trece treinta hasta las dieciséis treinta horas, así como la conclusión de la jornada laboral una hora antes de la puesta del sol, durante el mes de ayuno (Ramadán)”.
La Delegación precisa que, en ambos supuestos, “será necesario el previo acuerdo entre las partes” y que “las horas dejadas de trabajar deberán ser recuperadas sin compensación alguna”. Quienes deseen acogerse a estas medidas pueden solicitarlo, y la Administración tramitará cada petición de forma individual conforme a lo previsto en la ley. A fecha de hoy, añade, no se ha registrado ninguna solicitud por parte de personal adscrito al Plan de Emple






















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