Comercio
Más ayudas para los comercios que están a pie de obra en Hadú tras los últimos cambios de PROCESA
Incorpora un nuevo apartado que permite calcular la subvención atendiendo al grado de afectación

La Sociedad de Desarrollo de Ceuta (PROCESA) ha aprobado, mediante decreto de la Presidencia de su Consejo de Administración, la modificación parcial de las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a apoyar a los establecimientos afectados por las obras de remodelación de la avenida Teniente Coronel Gautier, con el objetivo de reforzar el apoyo a los negocios más perjudicados.
La actuación urbanística de gran calado que se está ejecutando en Hadú implica importantes restricciones de acceso, cortes de tráfico y una reducción notable de la afluencia de clientes en la zona. Con este contexto, se estableció en agosto de 2025 una línea extraordinaria de subvenciones para mitigar el impacto económico directo de las obras y garantizar la continuidad de los establecimientos afectados.
Tras la evaluación técnica y jurídica del desarrollo inicial del programa, se ha considerado necesario fortalecer el apoyo a los establecimientos más afectados e introducir un elemento que incentive el mantenimiento del empleo.
Nuevo criterio de cálculo
La modificación aprobada incorpora un nuevo apartado (Base 5.C) que permite calcular la subvención atendiendo al grado de afectación, limitado a los establecimientos situados directamente “a pie de obra” en el tramo más impactado por la remodelación.
Sólo podrán optar a la subvención recogida en este nuevo apartado las empresas con establecimiento a pie de obra, en la zona considerada de mayor afectación, que es la que se encuentra delimitada entre el cruce de la avenida Teniente Coronel Gautier con la avenida Lisboa (punto de inicio de corte de tráfico) y el cruce formado por las avenidas Teniente Coronel Gautier, Otero y la plaza Víctimas del Terrorismo (se adjunta plano).
Para acogerse a este nuevo criterio, las empresas deberán contar con empleo indefinido (con antigüedad mínima de seis meses) generado antes del 1 de noviembre de 2024, acreditar actividad efectiva desde esa fecha y mantener tanto la actividad como el empleo computado durante la ejecución de las obras. Asimismo, deberán aportar la documentación laboral correspondiente y cumplir el resto de los requisitos generales establecidos en las bases reguladoras que se publicaron en el Boletín Oficial de la Ciudad el 5 de agosto.
Las empresas que cumplan los requisitos podrán recibir una ayuda calculada en función del empleo indefinido que mantengan: 300 euros al mes por cada trabajador indefinido computable (no se incluye al autónomo titular), hasta un máximo de 10 trabajadores subvencionables y esta ayuda sí es compatible con la subvención prevista para el autónomo en la Base 5.B, pero es incompatible con la modalidad de ayuda basada en la minoración de ingresos (Base 5.A): sólo puede elegirse una de las dos.
En función de su estructura laboral, una empresa podría alcanzar los siguientes importes mensuales, durante un máximo de 12 meses: autónomo titular: 600 €/mes; autónomo colaborador o comunero: 300 €/mes; trabajador indefinido a jornada completa: 300 €/mes; y trabajador indefinido a media jornada: 150 €/mes. Este nuevo criterio busca ofrecer un tratamiento más equitativo y eficiente, reforzando la protección a las empresas más afectadas y favoreciendo la conservación del empleo.
Por su parte, los beneficiarios deberán mantener la actividad y el empleo que haya sido computado para el cálculo de la ayuda. Estas obligaciones se extenderán durante todo el periodo de ejecución de las obras. Los expedientes actualmente en tramitación podrán solicitar su adaptación a la nueva Base 5.C, siempre que cumplan las condiciones exigidas en ella. Las modificaciones serán efectivas a partir del día siguiente a su publicación en el BOCCE, prevista para mañana viernes, día 5 de diciembre. El resto del contenido de las bases reguladoras mantiene su vigencia sin cambios.





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