Educación
Las ayudas de estudio de Educación Secundaria ya están convocadas
La beca podrá ser solicitada por los que estén empadronados en Ceuta y hayan obtenido el título en el curso 2023-2024

El Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en su publicación del 23 de agosto, ha informado sobre la convocatoria de 'Ayuda de estudio para ESO', destinado a todos los estudiantes que hayan obtenido el título de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) en el Curso Escolar 2023/2024. Se trata de una ayuda directa con carácter universal, sin concurrencia competitiva, para los jóvenes empadronados en la Ciudad Autónoma de Ceuta que hayan finalizado y obtenido el título de la ESO en el curso 2023/2024, cuyas bases reguladoras fueron publicadas en BOCCE extraordinario n.º 10, de 08 de febrero de 2024. La cuantía destinada para esta convocatoria es de 140.000€.
El plazo para poder solicitar esta beca será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCCE.
Las solicitudes se realizarán a través de la Sede Electrónica de la Ciudad de Ceuta o también en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En relación a la documentación a presentar para poder beneficiarse de esta, los que quieran lograrla, deberán entregar: solicitud del interesado (padre, madre o tutor en el caso de menores de edad); DNI del solicitante; y Libro de Familia o documento oficial similar completo que acredite la fecha de nacimiento del alumno y el número de miembros de la unidad familiar, en caso de que el alumno sea menor de edad, y la solicitud sea formulada por padre o madre. Asimismo, tendrán que presentar la acreditación de haber obtenido el Título de ESO en el curso 23-24; y el número de cuenta bancaria del solicitante.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Ceuta en el plazo de dos meses.
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