Lunes, 15 de Septiembre de 2025

Actualizada Domingo, 14 de Septiembre de 2025 a las 08:13:29 horas

Redacción
Domingo, 28 de Abril de 2024
Asesoría

Si lo desea, puede aplazar el pago del IRPF

Si el resultado de su declaración del IRPF resulta a ingresar y no desea pagar ahora toda la cuota, recuerde que puede acogerse al fraccionamiento que ofrece Hacienda en la propia declaración. En ese caso, podrá satisfacer un 60% de la cuota a pagar hasta el próximo 1 de julio. Respecto al 40% restante, podrá abonarlo hasta el día 5 de noviembre de 2024, sin tener que pagar intereses ni aportar garantías.

 

No obstante, sepa que también puede aplazar la cuota del IRPF como el resto de los impuestos y solicitar un aplazamiento mayor. En ese caso:

 

  • El aplazamiento ya no será gratuito, sino que, en general, deberá satisfacer un interés de demora (actualmente, el 4,0625% anual). 
  • Si el importe que desea aplazar supera los 50.000 euros (por sí solo o junto con otras deudas tributarias que ya tenga aplazadas), deberá aportar garantías.

 

Si desea aplazar el pago de su IRPF, consúltenos en Casas y Antón. Le asesoraremos sobre la opción que más le convenga y le ayudaremos con las gestiones que deban llevarse a cabo.

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