Lunes, 06 de Octubre de 2025

Actualizada Lunes, 06 de Octubre de 2025 a las 13:21:03 horas

Redacción
Viernes, 01 de Septiembre de 2023
Política

La Delegación defiende que los nuevos incentivos buscan impulsar "la contratación y el empleo estable"

Hoy entran en vigor los Reales Decretos que suprimen las bonificaciones a la Seguridad Social y los intentan sustituir con subvenciones

La Delegación del Gobierno en Ceuta ha defendido que los nuevos incentivos a la contratación que sustitiuyen a las bonificaciones a la Seguridad Social buscan impulsar "el mantenimiento del empleo estable y de calidad de las personas y colectivos considerados vulnerables o de baja empleabilidad", así como alcanzar "la creación neta de empleo y su mantenimiento y el reconocimiento de la dimensión sectorial y territorial de las ayudas al empleo".

 

Así lo ha explicado la representación del ejecutivo central a través de un comunicado remitido este viernes, jornada en la que han entrado en vigor los Reales Decretos Leyes 1/2023 y 660/2023. Dos normas complementarias, ya que la primera suprime reducción del 50% en las bonificaciones y la segunda, pretende compensarlos a través de subveciones en un "nuevo modelo" que permite la homogeneización de la fórmula. 

 

Este nuevo sistema, que sólo afectará a las nuevas contrataciones, no supone una pérdida económica para los empresarios ya que el Gobierno de España les reembolsará todo lo que la cotización exceda de la cuantía fija de 262 euros de bonificación hasta llegar al 50%, a través de una subvención. "A las contrataciones efectuadas antes del 1 de septiembre de 2023 no les afecta este nuevo sistema, por lo que mantendrán las bonificaciones del 50 % que se vienen aplicando establecidas en la normativa anterior".

 

"Aquellos empresarios cuyos trabajadores perciben el salario mínimo interprofesional, y tienen una base de cotización de 1.200 euros mensuales, se deducían con el sistema anterior 179 euros al mes con cargo al Estado. Con el nuevo sistema, van a recibir casi 83 euros mensuales más, es decir 991 euros anuales más al año", afirma el escrito.

 

Asimismo, aquellas empresas que suscriban contratos con personas trabajadoras con cuota de cotización inferior a los 1.800 euros al mes se verán beneficiadas por este nuevo sistema. Por otro lado, los empresarios que cuenten con personas trabajadoras con una cotización igual o superior a los 1.800 euros al mes, con la nueva norma, van a recibir del Estado a modo de subvención todo lo que exceda de 262 euros hasta llegar al 50%.

 

Diferencias

Estos nuevos incentivos tienen importantes diferencias con las bonificaciones de un 50% las cotizaciones de la Seguridad Social que se aplicaban a todas las contrataciones en las Ciduades Autónomas. En primer lugar, la bonificación supone una cantidad fija de 262 euros por trabajador y no es un porcentaje sobre el sueldo.


 

Segundo,  es una ayuda que supone una importante carga burocrática para los empresarios, que no se aplica a los contratos temporales y que sólo bonifican a algunos sectores: agricultura, pesca y acuicultura; industria, excepto energía y agua; comercio; turismo; hostelería y resto de servicios; construcción de edificios, actividades financieras y de seguros o actividades inmobiliarias, entre otros.

 

El acceso a estas subvenciones va vinculado a impartir cursos formación a los trabajadores relacionados con la actividad empresarial de 20 horas semanales, si no más. Si el contrato es menor a la media jornada, no tendrá derecho a esa bonificación. 

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