Sábado, 27 de Septiembre de 2025

Actualizada Viernes, 26 de Septiembre de 2025 a las 16:44:41 horas

Rodrigo Díaz
Martes, 19 de Agosto de 2025

El intrusismo laboral

El intrusismo profesional es la realización de los actos característicos de una profesión sin tener la titulación y la capacitación para ello. Estos actos propios de una profesión son aquellos que se atribuyen exclusivamente a los profesionales de un sector.

 

El tipo básico del delito de intrusismo profesional está castigado con pena de multa. Sin embargo, la pena será de prisión de seis meses a dos años si concurre una de las siguientes circunstancias:

 

- Si el culpable también se atribuye públicamente la cualidad profesional amparada por el título.

 

- Si el culpable ejerce los actos en un local o establecimiento abierto al público en el que se anuncie la prestación de servicios propios de la profesión. (Artículo 403.2 del Código Penal)

 

Conviene recordar lo que genéricamente es aplicable al delito de intrusismo, porque en España, no pocas administraciones caen en irregularidades de este tipo cuando tratan de prestar servicios sin el personal legalmente habilitado, como son los casos de vigilancia y de seguridad que la Ley, en sus determionados ámbitos, atribuye exclusivamente a la Seguridad Privada y cuyas prestaciones han de ser inspeccionadas, controladas y visadas por el Cuerpo Nacional de Policía.

 

En Ceuta, los sindicatos han denunciado públicamente en numerosas ocasiones la proliferación de intrusismo laboral en el ámbito de la seguridad privada, sin el acompañamiento de la actividad inspectora que se le supone ha de realizar el Cuerpo Nacional de Policía, que en su Jefatura Superior cuenta con una brigada provincial de Seguridad Privada cuya labor, entre otras, ha de desarrollar la vigilancia de este supuesto tipificado como delito.

 

La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, establece, dentro de la estructura orgánica de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, regulada en su artículo 8, que estará integrada por las siguiente Unidad: Unidad Central de Seguridad Privada.

 

En su condición de Autoridad Nacional de Control, le corresponde el ejercicio de las funciones de control de las empresas y del personal de seguridad privada, de sus actuaciones y servicios, así como las relativas a las comprobaciones de las medidas de seguridad, y aquellas otras que les estén atribuidas en la normativa específica sobre esta materia, ejerciendo la coordinación y la dirección técnica de las respectivas Unidades territoriales. De esta Unidad dependerán:

 

a) Brigada Central de Inspección e Investigación, que asume la ejecución de las actuaciones policiales de inspección de los servicios, actuaciones y medidas de seguridad e investigación del intrusismo y de las infracciones cometidas en este ámbito, así como las relaciones de colaboración con el sector de la seguridad privada.
 

b) Brigada Central de Empresas y Personal, que asume la ejecución de las actuaciones policiales necesarias para la inscripción de empresas, la habilitación del personal y la tramitación de los expedientes que se le encomienden sobre autorizaciones y resoluciones sancionadoras.

 

En la Ciudad Autónoma son más de 2.500 los ceutíes que disponen de la habilitación de Vigilantes de Seguridad expedidos por la Dirección General de Policía. De ellos, unos 450 ejercen la profesión. O lo que es lo mismo, hay un potencial evidente que no es aprovechado por las administraciones públicas que deberían impulsar determinados sectores facilitando la contratación de empresas que den trabajo y aumenten sus plantilllas. Eso sería  lo propio, pero cuando la administración y la ejecutoria de éstas, sobre todo local, es una fuente aniquiladora de la economía privada, absorbiendo para la público a todo el personal, provoca una disfunción evidente en el desarrollo económico generando una ciudad de dos velocidades, generando dos tipos de ciudadanos (los que trabajan en lo público y los que han de buscarse la vida como se pueda), en realidad, empobreciendo en términos generales a la sociedad.

 

Llama mucho la atención que una sociedad municipal, que no para de crecer a costa de dinero público, y se esté convirtiendo, por mor de la política, en un portaaviones municipalizado, asuma funciones de las que carece y que trate de sortear la legalidad con eufemismos lingüísticos aplicados a determinadas funciones encubiertas... ¿Que Ceuta es diferente?, eso parece. "La Ley y el Derecho se quedan en el Estrecho", dijo un histórico ceutí -Olivencia de apellido-.

 

 

La opinión de Ceuta Ahora se refleja únicamente en sus editoriales. La libertad de expresión, la libertad en general, es una máxima de filosofía de este medio que puede compartir o no las opiniones de sus articulistas

Comentarios
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.89

Todavía no hay comentarios

Más contenidos

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.