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Redacción
Miércoles, 19 de Julio de 2023
Economía

Nuevas subvenciones para la contratación: exclusiones, pagos a mes vencido, más burocracia y duración limitada

CECE analiza la norma anunciada ayer por el Gobierno para compensar las modificaciones a las bonificaciones de la Seguridad Social y que publica hoy el BOE

La Confederación de Empresarios de Ceuta (CECE) ha enumerado los cambios y consencuencias que tendrá la aplicación del Real Decreto 660/2023 que ha publicado este miércoles el BOE, que desarrolla el anuncio del Consejo de Ministros con las medidas compensatorias a la modificación de las bonificaciones a la Seguridad Social. 

 

La patronal - que no adjetiva en ningún momento la norma publicada - ha señalado a través de un comunicado remitido este miércoles que el nuevo decreto deja" fuera de aplicación a todas las personas contratadas de manera temporal, bien sea por contratos de sustitución de algún trabajador, bien sea para cubrir una tarea ocasional", por lo que los empresarios no se verán beneficiados de esa bonificación.

 

En segundo lugar, deja de ser una bonificación y se convierte en una subvención directa que se solicita a año vencido, es decir, que la empresa debe soportar ese coste durante un año, y al año siguiente solicitar al SEPE su abono, lo que supone que las empresas tendrán que adelantar costes y, si la administración acepta y responde a la solicitud un año después, se abonará en el plazo de hasta tres meses.

 

La Confederación también ha señalado que deja de ser una bonificación de aplicación automática para convertirse en una subvención, lo que obliga a las empresas a realizar una serie de gestiones y trámites añadidos si se quiere optar a la subvención por dicho coste, lo que supondrá un aumento de la burocracia y de los trámites administrativos para las empresas.

 

Por último, esta norma señala el carácter excepcional de la medida, que se mantendrá hasta que finalice la vigencia de los Planes integrales de desarrollo socioeconómico de las ciudades Ceuta y Melilla, previstos hasta 2026. Esta excepcionalidad no responde a la consolidación de un régimen fiscal especial como característica permanente de nuestra economía.

 

Nueva situación

La aplicación de este Real Decreto supone la derogación del anterior sistema, por el cual las empresas elaboraban y liquidaban mensualmente y de manera automática sus seguros sociales con una bonificación del 50%.

 

Con el nuevo sistema, una empresa deberá liquidar los seguros sociales todos los meses aplicando tan sólo 262 euros por trabajador indefinido a jornada completa, estando obligada, además, a proporcionarle una formación de 20 horas dentro de los planes estatales de formacion.

 

El resto del importe hasta alcanzar el 50% de los seguros sociales, deberá pagarlos y solicitarlos al año siguiente, al SEPE, a través de una subvención, con sus plazos reglamentarios, es decir, tres meses para solicitarlos, tres meses para que la administración conteste y un silencio negativo que anula las posibilidades de concesión en caso de que no responda

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