Martes, 16 de Septiembre de 2025

Actualizada Martes, 16 de Septiembre de 2025 a las 21:35:59 horas

Redacción
Viernes, 10 de Junio de 2022
Consejo de Gobierno

Aprobada la convocatoria para la rehabilitación de edificios residenciales privados

El Consejo de Gobierno ha dado a conocer la convocatoria para la rehabilitación de edificios residenciales privados, cuyo presupuesto de la convocatoria asciende a 3.145.244,22 euros. Actuaciones de obras y/o conservación, accesibilidad y eficiencia energética en edificaciones existentes con uso característico residencial (vivienda) de titularidad privada, que cuenten con una antigüedad superior a 25 años.

 

Las actuaciones subvencionables son actuaciones de conservación, mejora de accesibilidad. Instalación o renovación de ascensores, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, etcétera, así como eficiencia energética. Aquellas que mejoren la envolvente del edificio para reducir su demanda energética, mediante actuaciones sobre el aislamiento térmico.

 

Los requisitos de los beneficiarios y de los edificios son:

  • Antigüedad superior a 25 años desde la finalización de la construcción. Áreas de Rehabilitación Preferente en aquellos núcleos urbanos cuyo grado de deterioro, al margen de la antigüedad de los edificios, los aleje del mercado de la vivienda y de los estándares de calidad, accesibilidad y eficiencia energética.
  • Proyecto o informe técnico, con presupuesto desglosado, acompañado con plano de situación.
  • Disponer o tramitar la Licencia Municipal de obras.
  • Acuerdo válido de la Junta de propietarios.
  • Presupuesto superior a 40.000,00 € presentar al menos 3 ofertas.
  • Estar al corriente.

 

En cuanto a la cuantía de las subvenciones:

  • Límite del 100% de los gastos subvencionables hasta alcanzar las siguientes sumas:
  • Actuaciones conservación: hasta 4.000 € por vivienda.
  • Obras de mejora eficiencia energética: hasta 7.000 € por vivienda.
  • Obras de accesibilidad: hasta 10.000 € por vivienda.


Incremento del 25% de las cuantías señaladas cuando:
Viviendas cuya unidad familiar residente perciba ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM.
Vivienda en la que resida una persona con discapacidad reconocida igual o superior al 65%.



Gastos Subvencionables:

  • El presupuesto de contrata. Impuestos, tasas y tributos no son subvencionables.
  • Honorarios de técnicos facultativos por informe, proyecto, etc


Procedimiento pendiente:

  • Publicación en el BOCCE y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
  • Plazo de presentación de 60 días naturales.

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