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Redacción
Sábado, 21 de Mayo de 2022
Seguridad

En el Dia Nacional de la Seguridad Privada, Ceuta es ejemplo de su complementariedad con la Seguridad Pública

Cerca de medio millar de ceutíes con habilitación del Ministerio del Interior (Dirección General de la Policía) como vigilantes de seguridad, desarrollan su labor en la ciudad autónoma

En este 21 de mayo se conmemora el Día Nacional de la Seguridad Privada, la Ciudad Autónoma es un ejemplo en el desarrollo de este sector que se incardina en el amplio concepto que de seguridad se atribuye en la Ley y que se engarza, como reza en los principios de la norma, con el espíritu de complementariedad y subordinación a la Seguridad Pública en manos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

 

Unos 1.500 ceutíes disponen de la formación y habilitación que otorga el Ministerio del Interior a través de la Dirección General del Cuerpo Nacional de la Policía, y de los que actualmente, según datos de Segurpri (plataforma del CNP para la gestión de la Seguridad Privada, bajo su competencia), ejercen cerca de medio millar su labor profesional en los distintos servicios. De ellos, casi un centenar disponen además, de la licencia de armas (vigilantes armados), de cuyo control se encarga la Guardia Civil.

 

Además de ejercer la vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto privados como públicos, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos entre las muchas funciones previstas en la Ley a realizar por el Vigilante de Seguridad, la Seguridad Privada está desarrollando un papel clave participativo en la prestación de servicios encomendados a la seguridad pública, complementando la acción policial, tal y como se dispone en el Capítulo II, Artículo 41, punto 3 apartado d) de la Ley 5/2014 de 4 de abril, de Seguridad Privada en la frontera del Tarajal.

 

El ciudadano en general no suele estar bien informado de los distintos papeles y funciones que pueden realizar los vigilantes de seguridad, acostumbrados a verlos con asiduidad en el cumplimiento de algunos de sus muchos posibles cometidos. La imagen que de ellos se tiene se basa fundamentalmente en los controles de accesos de establecimientos públicos o privados, o como custodios de instalaciones. Sin embargo, muy pocos conocen que la Seguridad Privada cuando así se decida por el órgano competente, y cumpliendo estrictamente las órdenes e instrucciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán prestar servicios encomendados a la seguridad pública, complementando la acción policial. Es decir, que funcionalmente, podrán realizar las labores que le encomienden CNP, Guardia Civil, Policía Autonómica o Policía Local, incluso propias de estas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, siempre bajo su supervisión y subordinación.

 

El ejemplo más claro de ello, en Ceuta, es en la propia frontera del Tarajal, donde la Seguridad Privada se depliega por orden del órgano competente (Delegación del Gobierno) para cumplir estrictamente las órdenes e instrucciones, en este caso, de las FyCSE (CNP y Guardia Civil). De ahí que se esté legalmente facultado a efectuar controles de identidad, de objetos personales, paquetería, mercancías o vehículos, incluido el interior de éstos, lo que llama la atención al ciudadano poco conocedor de la Ley.

 

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