Coronavirus
Se suprimen barcos y vuelos en helicóptero desde esta medianoche
La prohibición que recoge el BOE limita el desembarco en el puerto de Ceuta de pasajeros embarcados en los buques de pasaje de transbordo rodado y buques de pasaje que presten servicio de línea regular entre la península y Ceuta

Desde las 00:00 horas de esta próxima madrugada, día 17 de marzo de 2020, se prohíbe la realización de vuelos en helicóptero entre cualquier aeropuerto o helipuerto situado en el territorio nacional y Ceuta, así como el desembarco en el puerto de Ceuta de pasajeros embarcados en los buques de pasaje de transbordo rodado y buques de pasaje que presten servicio de línea regular entre la península y Ceuta, con excepción de los conductores de las cabezas tractoras de la mercancía rodada. Así lo recoge el Boletín Oficial del Estado en su edición publicada en la noche de este lunes. (Puedes descargarlo completo al final de esta noticia).
Es una de las medidas que se podían aplicar dentro del estado de alarma en el que nos encontramos con el objetivo de contener la expansión del coronavirus. El objetivo es que la mayoría de la gente se quede en sus casas, saliendo a la calle tan solo para asuntos improrrogables. Por ello, las excepciones que recoge el BOE a esta medida son únicamente:
1. Las prohibiciones previstas en el artículo anterior no serán de aplicación a las aeronaves de Estado, vuelos exclusivamente de carga, vuelos posicionales, humanitarios, médicos o de emergencia ni a los buques de Estado, a los buques que transporten carga exclusivamente ni a los buques que realicen navegaciones con fines humanitarios, médicos o de emergencia.
2. La entrada en el puerto de Ceuta de embarcaciones que no sean de pasaje, carga o pesca procedentes de cualquier puerto, que por su número de personas a bordo, incluida la tripulación, supongan un riesgo para la salud y seguridad de los ciudadanos, podrá ser prohibida por el titular de la Delegación del Gobierno en Ceuta. En todo caso se adoptarán todas las medidas necesarias de control sanitario para evitar un riesgo para los ciudadanos 3. De manera excepcional, se podrán levantar las prohibiciones a los vuelos o al desembarque en el puerto de Ceuta de pasajeros que realicen el trayecto en buques entre la península y Ceuta, a través de una autorización específica del titular de la Delegación del Gobierno en Ceuta. Esta autorización deberá estar basada en la necesidad inaplazable de realización del viaje para alguna de las actividades autorizadas en el artículo 7.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. En esos casos, se adoptarán todas las medidas necesarias de control sanitario para evitar que supongan un riesgo para la población de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
Es decir, las mercancías llegarán como siempre y los trailers embarcarán de forma diaria en las rotaciones establecidas garantizando el abastecimiento a la poblacion. Además, los enfermos que necesitan de un tratamiento especifico en hospitales de la península dispondrán de un permiso especial para salir y regresar. Solo se cierra el puerto al tráfico de pasajeros.




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